CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA

           DE DESARROLLO Y PROMOCION DE

           VIVIENDA

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Crédito en Pesos


El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción I del Art. 42. se revisará cada vez que se modifique los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el salario mínimo general que rija en el Distrito Federal.

Así mismo los crédito devengarán intereses sobre el saldo ajustado de los mismos a la tasa que determine el consejo de administración, dicha tasa no será menor del cuatro porciento anual sobre saldos insolutos. Los créditos se otorgaran a un plazo no mayor a treinta años.

El Instituto también otorgará, a solicitud del trabajador créditos en Pesos o en Veces Salarios Mínimos, conforme a las reglas que al efecto determine su consejo de Administración, las cuales deberán propiciar que las condiciones financieras para los trabajadores no sean más altas que las previstas en los párrafos anteriores y previendo en todo momento las medidas para que se preserve la estabilidad financiera del Instituto y se cubran los riesgos de su cartera de créditos.



Reglas de Otorgamiento de Crédito en Pesos


El 12 de enero de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación al artículo 44 de la Ley del Infonavit:

Art 44.-El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción ii del articulo 42, se revisará cada vez que se modifiquen los salarios mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el salario mínimo general que rija en el distrito federal.

Asi mismo, los creditos citados devengarán intereses sobre el saldo ajustado de los mismos, a la tasa que determine el consejo de administracion. dicha tasa no sera menor del cuatro por ciento anual sobre saldos insolutos. los créditos se otorgarán a un plazo no mayor de 30 años.